viernes, 31 de octubre de 2008

AHORA LE TOCA A LOS CARTONEROS


Los cartoneros deberán inscribirse en la AFIP como monotributistas


Como consecuencia de ello, podrán acceder a beneficios sociales y jubilaciones. Inicialmente, habrá dos categorías y los municipios serán intermediarios para su afiliación . Con la intervención de los municipios, la AFIP empadronará como monotributistas a los cartoneros en dos categorías, con lo cual obtendrán beneficios sociales y previsionales. En tanto, los recicladores (establecimientos industriales que efectúan la transformación de la basura en materia prima), acopiadores (clasifican, acondicionan y compactan el material haciendo de intermediario entre los galponeros o cartoneros y los recicladores), galponeros (clasifican los materiales), y generadores de scrap (establecimiento industriales o comerciales que comercializan los materiales a reciclar) deberán incorporarse a un Registro Fiscal de Comercializadores de Materiales a Reciclar. Además, se establecerá un mecanismo de retenciones a cuenta del impuesto a las ganancias y al IVA, en todas las compraventas que se realizan en la cadena de valor vinculada con el reciclaje de la basura. Las alícuotas serán crecientes cuando el sujeto retenido no se encuentre inscripto en el Registro.Según informó esta tarde la AFIP, mediante un comunicado de prensa, el proceso se realizará a través de las siguientes normas:*Quien realice la primera compra de material a reciclar a los cartoneros deberá emitir un documento que reemplazará la factura de venta. En ella tendrá que detallar las características de la operación e identificar al vendedor. Además, deberá informar a la AFIP la nómina de los recolectores involucrados.*Cuando adquieran el material de los cartoneros, los recicladores tendrán dos opciones: hacerse cargo del pago del monotributo de aquéllos o efectuar un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias por cada venta del producto reciclado.*Quedarán eximidos de esta operatoria los monotributistas que se encuentren incorporados a cooperativas de trabajo o que operen mediante entidades intermedias o entes colectivos (asociaciones, federaciones, etc). En este caso la cooperativa o ente colectivo fracturará las ventas siguiendo las disposiciones del régimen general y se hará cargo del monotributo de sus integrantes, quedando eximido de esta obligación el reciclador. "Estas medidas no sólo dignifican la situación personal y laboral de los trabajadores cartoneros, sino que también resuelve el problema de industrias recicladoras que no pueden deducir como gastos, en su balance impositivo, la compra de insumos, o tomar crédito fiscal en el IVA de dichas adquisiciones, ya que la mercadería en cuestión proviene de sectores de la economía informal", argumentó la AFIP al anunciar la medida.

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